Foto: República
La Corte de Constitucionalidad ha hecho públicos los cambios para el trámite o renovación de la licencia de conducir y el pasaporte. Según una medida de esta institución, se han declarado inconstitucionales los incisos “C” y “E” del Artículo 12 de la Ley de Arbitrio de Ornato Municipal.
Gracias a estos cambios, la CC especificó que ya no se requerirá del Boleto de Ornato para poder tramitar el pasaporte y la licencia de conducir. , “Los preceptos aludidos anteriormente quedan expulsados del ordenamiento jurídico guatemalteco a partir del día siguiente de la publicación de la resolución en el Diario de Centroamérica”, señaló la CC que procedió a publicar la nueva normativa en el Diario Oficial.
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El Instituto Guatemalteco de Migración (IGM) aclaró que la medida toma vigencia este viernes 29 de abril en todos los Centros de Emisión de Pasaportes. Los requisitos para personas mayores de edad ahora constituyen en contar con el formulario de solicitud de pasaporte que se entrega al presentarse en la cita programada, contar con Documento Personal de Identificación (DPI) en original y copia, el pago de USD$50 y su comprobante, además de la constancia de la cita generada en la página del IGM. En el caso de renovación, también debe brindarse el pasaporte vencido.
Para menores de edad, se deberá otorgar el formulario de solicitud de pasaporte emitida por el IGM en el Centro de Emisión, certificado de nacimiento, el DPI de ambos padres y una copia. Por último, cancelar la tarifa de USD$50.
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