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El Congreso de la República de Guatemala aprobó el 11 de noviembre la Ley de Portabilidad Numérica en Servicios de Telefonía, una normativa que garantiza a los usuarios el derecho de mantener su número telefónico al cambiar de proveedor, tanto en líneas fijas como móviles prepago. Esta medida representa un avance en la protección de los derechos de los consumidores y en la modernización del sector de telecomunicaciones en el país.
Guatemala se suma a la región con nueva normativa
El diputado independiente León Felipe Barrera, ponente de la iniciativa, explicó que Guatemala era uno de los dos países en Latinoamérica que aún no contaba con una legislación de este tipo, junto a Cuba. El principal beneficio inmediato será que los usuarios podrán cambiarse a la compañía que les ofrezca mejores tarifas, cobertura o servicios, sin perder su número telefónico. En el mediano plazo, se espera que la ley fomente una mayor competencia entre operadores, lo que podría traducirse en mejoras en la calidad del servicio y cobertura en áreas rurales.
Principios de la Ley de Portabilidad Numérica
La normativa define la portabilidad numérica como el proceso mediante el cual un usuario puede cambiar de proveedor de servicios telefónicos sin perder su número. Entre sus principios fundamentales se incluyen:
- Libertad de elección: reconoce al usuario como titular legítimo del número y le otorga el derecho de cambiar de operador sin restricciones.
- No discriminación: garantiza que todos los usuarios puedan acceder a este derecho sin importar el tipo de plan contratado, la antigüedad como cliente u otras condiciones.

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Trámite gratuito y sin pérdida de servicio
Una vez se elabore el reglamento correspondiente, la ley será operativa. Entre sus disposiciones se establece que el trámite de portabilidad será gratuito, rápido y sin pérdida del servicio. Además, las compañías no podrán desactivar el chip ni eliminar el número por falta de saldo o atrasos en el pago, permitiendo a los usuarios reactivar su línea una vez regularicen su situación.
Supervisión de la SIT y protección al consumidor
La normativa contempla la supervisión de la Superintendencia de Telecomunicaciones (SIT), que será responsable de vigilar su cumplimiento, atender reclamos y sancionar a las empresas que no respeten los derechos de los usuarios. Asimismo, se prohíbe que los contratos combinados de telefonía, internet o televisión obliguen a los usuarios a mantener todos los servicios solo para conservar su número. Con la entrada en vigor del reglamento, los usuarios podrán cambiar de operador móvil sin afectar otros servicios contratados, siempre que cumplan con las condiciones pactadas.
Guatemala avanza hacia la modernización de telecomunicaciones
Con esta ley, Guatemala se alinea con estándares regionales en telecomunicaciones y da un paso importante hacia una mayor transparencia, competencia y empoderamiento del consumidor en el uso de servicios telefónicos.

















