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El Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN) anunció el pasado 6 de febrero que no continuará proveyendo prórrogas a las municipalidades respecto al cumplimiento del Acuerdo Gubernativo 236-2006. El acuerdo estipula que las municipalidades deben contar con plantas de tratamiento de aguas residuales y de desechos sólidos.

El Reglamento de Descargas y Reuso de Aguas Residuales se aprobó en mayo de 2006 durante el gobierno de Óscar Berger.Dicha normativa exigía a las municipalidades contar con al menos una planta de tratamiento de aguas residuales en 2015, pero ese plazo se ha prorrogado al menos en ocho ocasiones.

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Mientras que el acuerdo 164-2021, Reglamento para la Gestión Integral de los Residuos y Desechos Sólidos Comunes, fue aprobado en agosto de 2021, y establecía que 2 años más tarde la población tenía la obligación de clasificar sus residuos, y las comunas a tratarlos de manera adecuada.

Pero en agosto del año pasado, su entrada en vigor se prorrogó por 2 años, por lo cual estas obligaciones entrarán en vigencia en agosto de 2025.

“Tenemos en mente no dar más prórrogas (al reglamento de aguas residuales), ya se han dado ocho y queremos implementar lo que establece la ley”, puntualizó la titular del MARN, María José Iturbide, en un acercamiento con los medios de comunicación este martes 6 de febrero.

La funcionaria explicó que el acuerdo 236-2006 establece que el 30 de mayo de este año, todas las municipalidades deben presentar sus estudios técnicos que enumeren la cantidad y puntos de descarga de aguas residuales en sus jurisdicciones, y que el MARN les dará asesoría en ocho talleres en todo el país, para informar en qué consisten dichos estudios.

Con información de La Hora.

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